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Licencias Comerciales o Aviso de Operación.

 Las sociedades offshore no requieren de Licencia Comercial o Aviso de Operación.

Sólo las las personas naturales o jurídicas o S.A. (sociedad anónima en breviatura) podrá realizar actividades comerciales o industriales dentro del territorio nacional. El Aviso de Operación deberá contener la información estrictamente necesaria parapermitir la identificación y verificación del declarante y de la actividad comercial o industrial que se proponga realizar.

 Favor contactenos para enviarles el formulario que deberá llenar y devolver a nuestras oficinas.

 

 

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